6 Riesgos de alquilar a inquilinos de la Sección 8
La Sección 8 es un programa de ayuda al alquiler gestionado por el gobierno. Hay diferentes procedimientos y requisitos que un propietario debe seguir cuando alquila a un inquilino de la Sección 8 que cuando alquila a un inquilino que no recibe este vale de elección de vivienda. Conozca seis riesgos a los que puede enfrentarse un propietario al tratar con el programa de la Sección 8.
1.Inspecciones anuales de la Sección 8
Cuando alquile a un inquilino de la Sección 8, tendrá que enfrentarse a inspecciones frecuentes de su propiedad. Su Autoridad de Vivienda Pública local enviará un inspector de la Sección 8 a su propiedad una vez al año. El inspector se asegurará de que su unidad cumpla con las normas de calidad de la vivienda del HUD. Hay 13 áreas que el inspector examinará para determinar si la unidad cumple con las normas de seguridad y salud del HUD. Estas áreas incluyen el sistema sanitario, la pintura a base de plomo, el suministro de agua, la electricidad y los detectores de humo.
El programa de la Sección 8 tiene normas muy estrictas, por lo que no es inusual no pasar una inspección de la Sección 8. Si usted no pasa la inspección, se le dará una lista de elementos que deben ser arreglados. Una vez que arregle todos los elementos de la lista, puede programar una nueva inspección con la oficina de la Sección 8. Ellos enviarán de nuevo al inspector para determinar si se han solucionado todos los problemas.
2. El inquilino se muda antes de que usted cobre el alquiler
Un propietario tradicionalmente cobra el alquiler antes de que el inquilino se mude a la vivienda. La Sección 8 es diferente. Ha habido casos en los que los propietarios han tenido que esperar hasta tres o cuatro meses para recibir el pago de la Sección 8, pero una vez que reciba el primer pago, debe esperar un pago constante cada mes.
La demora en el pago es algo que debe tener en cuenta al considerar el alquiler a inquilinos de la Sección 8. Si usted no puede esperar financieramente un par de meses para recibir la renta, entonces la Sección 8 puede no ser la opción correcta para usted.
3. Los depósitos de seguridad no son pagados por la Sección 8
La Sección 8 proporciona vales de vivienda que pagan la renta mensual del inquilino. Estos vales no incluyen una cantidad para el depósito de seguridad.
Si un propietario desea cobrar un depósito de seguridad, tiene que obtener este depósito directamente del inquilino. Esto podría ser un problema porque el inquilino ya ha demostrado tener ingresos limitados al ser aprobado para un vale de la Sección 8 en primer lugar.
Al igual que con cualquier otro inquilino, nunca debe permitir que un inquilino de la Sección 8 se mude sin recoger primero un depósito de seguridad de ellos. La cantidad máxima que puede recaudar está determinada por el límite de depósito de seguridad de su estado.
4. Otro riesgo de alquilar a un inquilino de la Sección 8 es la creencia de que los inquilinos de la Sección 8 son muy destructivos. Ha habido historias de horror sobre pisos destruidos, gabinetes arrancados de las paredes, inodoros agrietados, basura y suciedad por todas partes y muchas más personas viviendo en la unidad de las que figuran en el contrato de arrendamiento. Ciertamente, esto puede ocurrir. Sin embargo, estos problemas pueden ocurrir con cualquier inquilino que usted alquile.
Hay buenos inquilinos de la Sección 8 y hay malos inquilinos de la Sección 8. Por eso es tan importante seleccionar adecuadamente a todos los inquilinos, incluidos los de la Sección 8.
5. Los inquilinos que no son de la Sección 8 pueden no querer vivir en la propiedad
Los inquilinos que no cobran la ayuda para el alquiler pueden ser rechazados por el hecho de que usted permita inquilinos de la Sección 8 en su propiedad. Es posible que crean que usted es un «casero», que la propiedad estará sucia o que los inquilinos serán irrespetuosos y ruidosos.
En estas situaciones, lo único que puede hacer es asegurarse de colocar inquilinos de calidad en su propiedad y de mantenerla al día. Si los inquilinos que no pertenecen a la Sección 8 ven que su propiedad es tranquila y está en perfectas condiciones, es posible que cambien su opinión sobre la Sección 8.
6. La Sección 8 establece el monto del alquiler
El último riesgo de alquilar a inquilinos de la Sección 8 es que hay un monto máximo que la Sección 8 pagará. Cada año, el HUD elabora una lista de los alquileres justos de mercado para más de 2.500 zonas del país. La cantidad que usted recibirá de la Sección 8 se calculará utilizando el Alquiler Justo de Mercado para su área basado en el número de dormitorios que usted está alquilando, como un dormitorio o dos dormitorios.
La cantidad del vale de vivienda será entre el 90 por ciento y el 110 por ciento del Alquiler Justo de Mercado. Dependiendo de la condición de su propiedad y el Alquiler Justo de Mercado que el HUD ha calculado para su área, usted puede ser capaz de alquilar su propiedad por una cantidad mayor a un inquilino que no sea de la Sección 8.