Licencia de matrimonio
¿Necesita una licencia de matrimonio certificada para REAL ID? Haga clic en este enlace kentondeeds.com y puede solicitar y pagar una copia certificada en línea. La tarifa es de $5.00 más la tarifa de conveniencia determinada por la tarjeta de crédito utilizada.
Si necesita solicitar una licencia de matrimonio haga clic en kentondeeds.com/marriageform/. Para completar la solicitud venga al local de Covington en 1840 Simon Kenton Way, Covington.
El horario de oficina para la licencia de matrimonio es entre las 7:30 a.m. y las 3:30 p.m. Ambas partes deben presentarse juntas.
La licencia es válida por 30 días a partir de la fecha de emisión y la tarifa de la licencia no es reembolsable. La licencia debe ser utilizada dentro del Estado de Kentucky.
Tarifas de presentación: La tarifa es de $50.00
Requisitos de edad:
18 años o más. Ambas partes deben estar presentes y necesitan uno de los siguientes:
- Una licencia de conducir del estado o una identificación con foto del estado O
- Un certificado de nacimiento de los Estados Unidos (un pasaporte, visa o tarjeta verde con foto traducida al inglés)
Menos de 18 años, según KRS 402.210, no se emitirá una licencia a menos que las partes obtengan una orden judicial del Tribunal de Familia o del Tribunal de Distrito.
Información requerida:
- Nombre &dirección
- Fecha de nacimiento &edad
- Lugar de nacimiento (Si es en KY dé el condado, en otro estado dé el estado)
- Nombre del padre
- Nombre de soltera de la madre
- Estado actual de cada parte (Soltero, Divorciado, Anulado, Viudo)
- Número de matrimonios anteriores de cada parte
- Ocupaciones de cada parte
- Raza de cada parte
- Si las partes son parientes
- Fecha del matrimonio
Solemnización del matrimonio: No hay requisitos de residencia o requisitos de licencia aplicables a los ministros o sacerdotes que deseen celebrar matrimonios en Kentucky.
Los matrimonios serán solemnizados sólo por el clero, los jueces y magistrados de la Corte de Justicia; los jueces y magistrados retirados de la Corte de Justicia, excepto aquellos removidos por causa o condenados por un delito grave; los jueces/ejecutivos del condado; los jueces de paz y los comisionados de la corte fiscal que el Gobernador o el juez/ejecutivo del condado autorice, y ciertas sociedades religiosas.
En todo matrimonio deben estar presentes al menos dos personas, además de los contrayentes y la persona que solemniza el matrimonio.