Amenazas criminales
Jeffrey Johnson es un escritor legal con un enfoque en lesiones personales. Ha trabajado en lesiones personales y litigios de inmunidad soberana, además de la experiencia en la familia, el patrimonio y el derecho penal. Se licenció en Derecho por la Universidad de Baltimore y ha trabajado en despachos jurídicos y organizaciones sin ánimo de lucro en Maryland, Texas y Carolina del Norte… Bio completa → |
Escrito porJeffrey Johnson |
Actualizado: 18 de diciembre de 2020
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Las amenazas criminales son palabras que se pronuncian con la intención de aterrorizar o amenazar a otra persona o grupo de personas. Aunque la Constitución garantiza el derecho a la libertad de expresión, incluyendo el desahogo de comentarios negativos, el derecho a la libertad de expresión no se extiende a las amenazas criminales.
Si una persona es imprudente sobre el impacto de sus amenazas en otras personas, podría ser acusada de un delito menor o de un delito grave llamado amenaza criminal.
Siga leyendo para aprender más sobre cómo los estados acusan el delito de amenaza criminal y los rangos de castigo de una condena por hacer amenazas criminales.
Tabla de contenidos
¿Qué constituye una amenaza criminal?
Como se ha mencionado, las amenazas criminales son uno de los pocos tipos de discurso que no están protegidos por la Constitución. Para apoyar una condena por amenaza criminal, los estados tienen que demostrar un interés en regular un tipo particular de discurso.
Como resultado, los estatutos de amenazas criminales se escriben para prohibir el discurso que da lugar a que otros sean puestos en el temor legítimo de daño. Algunos estados etiquetan este cargo como amenaza criminal, mientras que otros utilizan la amenaza terrorista o el abuso verbal para describir los delitos que implican amenazas verbales.
El primer elemento de un cargo de amenaza criminal es que una amenaza tiene que ser hecha o comunicada.
Los estados suelen agrupar varios tipos diferentes de amenazas en sus estatutos de amenaza criminal. Las categorías comunes de amenazas incluyen:
- Amenazas dirigidas a dañar a otro
- Amenazas de interrumpir una instalación pública o un servicio público
- Amenazas dirigidas a testigos o a las fuerzas del orden
- Amenazas contra miembros de la familia.
A veces las amenazas se superponen. Por ejemplo, una amenaza de dañar a otro puede coincidir naturalmente con una amenaza de dañar a un miembro de la familia.
Aunque las amenazas se superponen, las distinciones son importantes porque ciertos hallazgos (como implicar una amenaza contra un miembro de la familia) pueden dar lugar a un rango de castigo más alto. La mayoría de los estados no restringen el método de amenaza. La amenaza puede comunicarse en persona, por teléfono o por medios electrónicos.
El siguiente elemento de una acusación de amenaza criminal es la intención. No es suficiente que se haya comunicado una amenaza. Debe haber alguna prueba de que el acusado tenía realmente la intención de obtener un resultado. El tipo de amenaza que se haga controlará qué tipo de intención se requiere.
Para las amenazas a otra persona, un miembro de la familia, un testigo o un agente de la ley, el acusado debe haber hecho la amenaza con la intención de aterrorizar o poner a la víctima en algún temor real de daño personal. En el caso de las amenazas a servicios públicos o a oficinas públicas, la intención debe ser la de perturbar las actividades ordinarias del organismo o de la empresa de servicios públicos.
La atención se centra en lo que el acusado pretendía que sintiera la víctima. Los estatutos de amenaza criminal castigan el resultado de la amenaza, no la intención real detrás de la amenaza. Esto significa que el elemento de intención se cumplirá si el acusado sólo tiene la intención de asustar a la víctima, pero nunca tiene la intención real de dañarla.
La intención real de dañar no es un requisito de una acusación de amenaza criminal. Algunos estatutos estatales terminan con estos dos elementos, una amenaza y una intención de aterrorizar. Sin embargo, otros estados añaden requisitos adicionales.
Algunos estados requieren que las víctimas de una amenaza experimenten miedo por su seguridad personal. California también exige pruebas adicionales de que el miedo experimentado por la víctima era razonable dadas las circunstancias. Cada estado establecerá qué amenazas y situaciones calificarán para un delito de amenaza criminal.
El grado y tipo de amenaza a menudo influirá en el nivel de castigo.
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Teorías defensivas para un delito de amenaza criminal
La primera reacción defensiva es alegar la libertad de expresión. Esta defensa ha sido utilizada con cierto grado de éxito bajo las circunstancias adecuadas. Si un acusado puede demostrar que la amenaza fue un mero desahogo de ira o frustración sin ninguna otra intención o reacción por parte de la víctima, entonces el acusado puede invocar la defensa de la libertad de expresión porque lo único que se está castigando es el discurso, no la intención o la reacción.
Una segunda teoría defensiva es intentar negar la intención de la amenaza. A menudo, las palabras se pronuncian con más de un significado y sólo el contexto completo de la declaración puede captar realmente la intención de la amenaza.
Por ejemplo, la frase «te voy a patear el culo» puede interpretarse de forma lúdica en el contexto de un partido de baloncesto. También puede interpretarse de forma agresiva si otros tienen que retener al acusado para que no ataque también a la víctima.
La estrategia defensiva consiste en rellenar las piezas restantes para que el jurado se haga una idea completa de la declaración y comprenda que la verdadera intención de la misma no era aterrorizar.
Rangos de castigo para un delito de amenaza criminal
Las amenazas menores suelen clasificarse como delitos menores. Un delito menor de amenaza criminal conlleva un rango de castigo que va desde la libertad condicional hasta un año en una cárcel del condado o de la parroquia. Las amenazas más intensas dirigidas a testigos, miembros de la familia o a las fuerzas del orden tienden a ser elevadas a delitos graves en muchos códigos penales estatales.
Las condenas por amenazas delictivas tienen un rango de castigo que va desde la libertad condicional hasta diez años de prisión, con una multa opcional. A los acusados en libertad condicional se les suele exigir que asistan a algún tipo de programa de control de la ira y se les prohíbe tener cualquier contacto con la víctima de la amenaza criminal.
Las consecuencias de un delito de amenaza criminal continúan incluso después de la condena. Muchos estados considerarán una condena por amenaza criminal como un delito violento, lo que aumentará el rango de castigo para cualquier condena posterior.
Si la amenaza criminal fue dirigida a un miembro de la familia, entonces la condena también puede ser utilizada en algunos estados como un delito predicado para un cargo de violencia familiar de asalto mejorado; lo que significa que el cargo de violencia familiar de asalto de delito menor será aumentado a un delito grave por la condena anterior.