Cómo se protege a las familias de la discriminación en la vivienda
La Ley Federal de Vivienda Justa protege a siete grupos específicos de personas. Las familias son un grupo que está protegido de la discriminación en la vivienda en virtud de esta ley. Conozca cómo define Vivienda Justa a una familia, las acciones que se consideran discriminación y los derechos de una familia si siente que está siendo discriminada.
¿Cuándo se protegió la condición familiar?
La Ley Federal de Vivienda Justa fue creada en 1968. Sin embargo, las familias no eran inicialmente una clase protegida por esta ley. El estatus familiar no se convirtió en una clase protegida bajo la ley hasta 1988, 20 años después de su creación.
¿A quién protege el estatus familiar?
Tal vez se pregunte cómo define Fair Housing a una familia. Según su definición, para ser considerado parte de esta clase protegida, debe cumplir al menos uno de los siguientes criterios:
- Padres que tengan uno o más hijos menores de 18 años viviendo con ellos.
- Tutores legales que tengan uno o más hijos menores de 18 años viviendo con ellos.
- La persona designada por el padre o tutor legal de un hijo menor de 18 años. Esta designación debe haber sido hecha por escrito por el padre o tutor legal del niño.
- Una persona en proceso de obtener la custodia legal de un niño menor de 18 años.
- Mujeres embarazadas.
¿Pueden los propietarios designar una parte de sus edificios para las familias?
No. Segregar un inmueble es una forma de discriminación en la vivienda. Los propietarios deben conceder a todas las personas la posibilidad de alquilar un apartamento en cualquier parte del edificio. Cualquier posible inquilino debe tener derecho a vivir en cualquier unidad de la propiedad, siempre que cumpla con las normas de calificación que el propietario tiene para todos los inquilinos.
¿Pueden los propietarios cobrar alquileres más altos a los inquilinos con niños?
No. Los precios de los alquileres deben establecerse en función del tamaño y la calidad del apartamento, no en función de quién vivirá en la propiedad.
Cobrar a las familias un alquiler más alto se consideraría una práctica de vivienda discriminatoria según la Ley de Vivienda Justa. Aunque un propietario podría creer que cobrar más dinero podría estar justificado debido a los posibles destrozos o ruidos causados por los niños, cualquier exclusión o condición especial impuesta a un grupo y no a otro es simplemente una discriminación.
¿Pueden los propietarios negarse a alquilar apartamentos en pisos altos a las familias?
Si tiene un apartamento en un piso alto de un edificio, puede ser reacio a alquilarlo a una familia. Sin embargo, esto no es una limitación que usted pueda poner a la propiedad. Es la familia la que debe decidir si se siente cómoda viviendo en un piso alto. Es posible que le preocupe que los niños se caigan de las ventanas o balcones de los pisos más altos, pero siempre que su propiedad cumpla con las normas y haya seguido todas las leyes de seguridad, como por ejemplo la colocación de protecciones en las ventanas si es necesario, es responsabilidad de los padres proteger a sus hijos de cualquier daño.
Además, nunca intente disuadir a una mujer embarazada o a una familia con niños pequeños de alquilar un apartamento sin ascensor en un piso más alto porque sería demasiado duro para ellos. Cualquier consejo de este tipo se consideraría discriminatorio. Si le preocupan las quejas por el ruido, considere la posibilidad de instalar una moqueta.
¿Puedo negarme a alquilar a una familia si mi vivienda tiene riesgos conocidos de pintura con plomo?
No. Los propietarios no pueden negarse a alquilar a una familia porque se sepa que hay riesgos de pintura con plomo en su propiedad. Esto se considera discriminación.
El propietario es responsable de proporcionar al posible inquilino el formulario de divulgación de la pintura con plomo, que hará que el posible inquilino sea consciente de cualquier peligro conocido. El posible inquilino debe entonces tomar su propia decisión acerca de permitir que sus hijos vivan en un apartamento con peligros conocidos.
Exenciones de las reglas de vivienda justa para las familias
Sí. Hay ciertas comunidades que no están obligadas a permitir que las familias vivan en su propiedad y no se considera contrario a la ley. Las propiedades que se consideran viviendas para personas mayores no tienen que permitir que las familias con niños en su propiedad. Estas incluyen:
- Comunidades que han sido creadas bajo un programa gubernamental y aprobadas por el secretario del HUD como diseñadas y ocupadas por personas mayores.
- Edificios en los que todas las personas del edificio tienen 62 años o más.
- Propiedades en las que el ochenta por ciento de las unidades ocupadas del edificio tienen al menos una persona de 55 años o más. El edificio también debe estar destinado a albergar a personas de 55 años o más.
Ejemplos de declaraciones discriminatorias en los anuncios
- «No se admiten niños»
- «Sólo adultos»
- «No se admiten menores de 18 años»