Custodia y Visitas en Carolina del Sur

¿Cómo hago mi horario de custodia y visitas en Carolina del Sur?

Usted puede crear su propio horario de custodia y visitas (por su cuenta o con el otro padre) o puede trabajar con un abogado o profesional legal y hacer que lo cree. Si no quiere pagar el alto coste de un abogado, y quiere hacer fácilmente su propio horario, puede utilizar el software Custody X Change.

Custody X Change es un software que crea horarios de custodia, calendarios y documentos profesionales de planes de crianza.

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¿Cómo pueden las leyes de Carolina del Sur ayudarme a hacer mi horario de custodia?

Al crear un horario de visitas a los niños en el estado de Carolina del Sur, es importante estar familiarizado con las leyes del estado para que tenga una idea de lo que la corte espera de usted y su horario.

Las leyes relacionadas con la custodia y el régimen de visitas de los hijos se encuentran en el Código de Leyes de Carolina del Sur, Título 63, Código de Niños de Carolina del Sur, Capítulo 15, Custodia y Visitas. Muchos de los términos y procedimientos utilizados por el tribunal se definen en el Código.

La jurisprudencia de Carolina del Sur y las normas específicas del tribunal también pueden utilizarse al crear un programa de visitas a los hijos.

Una vez que usted posea el conocimiento y las herramientas adecuadas, es más probable que tenga un resultado exitoso en su caso de custodia de los hijos si su horario de visitas a los hijos es parte de un plan de crianza que sirve a los mejores intereses del niño y cumple con la ley.

¿Cuáles son los diferentes tipos de custodia en Carolina del Sur?

Antes de comenzar a desarrollar su programa de visitas a los hijos en Carolina del Sur, debe conocer las diferencias entre los distintos tipos de custodia.

La Ley de Jurisdicción y Ejecución Uniforme de la Custodia de los Hijos está incluida en el Código de los Niños y contiene una legislación federal que asegura que los asuntos de custodia sean ejecutables de estado a estado.

Los distintos tipos de custodia se encuentran dentro de la UCCJEA.

  • La custodia física implica el cuidado físico real y la residencia del niño.
  • La custodia única significa que uno de los padres es designado como el principal cuidador del niño, mientras que el padre no custodio puede tener derecho a un tiempo de visita con el niño.
  • La custodia física conjunta significa que ambos padres comparten la custodia física del niño, aunque el tiempo con el niño no tiene que ser dividido por igual. Todavía se puede designar una residencia principal cuando los padres comparten la custodia física conjunta, a efectos legales. Designar el hogar de uno de los padres como residencia principal no implica que el padre tenga más derechos de custodia que el otro, en la custodia compartida.
  • La custodia legal implica la autoridad para tomar decisiones importantes en la vida del niño, como las decisiones educativas, médicas y religiosas. La custodia legal determina quién tomará las decisiones importantes que afectan a la salud y el bienestar del niño. Las decisiones sobre el cuidado diario del niño suelen reservarse al progenitor que lo cuida en ese momento.
  • La custodia legal única significa que uno de los padres es el único responsable de tomar todas las decisiones importantes y tiene la responsabilidad legal del niño.
  • La custodia legal conjunta es mucho más común que la custodia legal única. Significa que los padres comparten la autoridad para tomar decisiones y las responsabilidades de criar a su hijo.

Una vez que se establece el tipo de custodia que tendrán los padres, se puede crear el calendario de visitas del niño para coordinarlo con la custodia.

¿Cuál es el horario estándar de custodia y visitas en Carolina del Sur?

El Estado de Carolina del Sur tiene un horario «estándar» de visitas a los niños que se ordena para los padres sin custodia cuando los padres no pueden o no quieren crear uno por su cuenta.

Pueden ordenarse variaciones del horario de visitas estándar, pero se compone más o menos de los siguientes componentes:

  • El padre sin custodia tendrá al niño cada dos fines de semana desde el viernes a las 6:00 p.m. hasta el domingo a las 6:00 p.m.
  • El progenitor no custodio tendrá al niño cada dos miércoles, desde la salida del colegio, (o la tarde), hasta las 8 p.m.
  • El progenitor no custodio tendrá al niño cuatro semanas durante las vacaciones de verano.
  • Los padres alternarán las vacaciones durante el año, y las rotarán durante los años pares e impares.

En Carolina del Sur, ¿la custodia no es automáticamente para la madre?

En el pasado, a las madres se les otorgaba automáticamente la custodia de sus hijos pequeños, sin embargo, la «Doctrina de los años tiernos» (Código de Carolina del Sur § 63-15-10) ha sido derogada desde entonces y cada vez más padres reciben la custodia exclusiva o conjunta de sus hijos.

El Estado de Carolina del Sur es consciente de que los niños se benefician del contacto frecuente y continuo con ambos padres. Cada niño merece tener a ambos padres como participantes activos en sus vidas.

El Estado de Carolina del Sur fomenta la custodia compartida (aunque no es obligatoria). La custodia conjunta permite que cada padre tenga al niño al menos el treinta por ciento del tiempo.

¿Quién es el responsable de hacer los arreglos de custodia en Carolina del Sur?

En última instancia, es el juez quien decidirá los asuntos de custodia que conciernen al niño, pero si usted es capaz de llegar a un acuerdo por su cuenta el juez lo aceptará si sirve a los mejores intereses de su hijo.

Si le cuesta llegar a un acuerdo y le resulta difícil trabajar con el otro progenitor es posible que quiera ayuda. Puede asistir a una mediación o buscar la ayuda de un consejero profesional. Estos son sólo algunos de los recursos disponibles para ayudarle a crear un acuerdo.

Si son capaces de cooperar el uno con el otro y llegar a un acuerdo, podrán crear un calendario de visitas a los hijos que satisfaga las necesidades precisas de su hijo, en lugar de estar obligados a cumplir con uno creado para los niños en general.

¿Qué debo incluir en un horario de custodia y visitas en Carolina del Sur?

Al crear su horario de visitas al niño, es en el mejor interés del niño poner sus propias necesidades y deseos a un lado y desarrollar un horario que sea en el mejor interés del niño.

Examinando sus horarios y determinando lo que es factible y en el mejor interés del niño, puede crear un horario completo que beneficie a todos los implicados.

Aquí tiene una plantilla básica a seguir para hacer un buen horario de custodia y visitas:

  • Un horario de residencia que muestre dónde vive el niño durante las semanas escolares y los fines de semana.
  • Un horario de verano si la residencia va a cambiar durante las largas vacaciones de verano. También puede elaborar un horario para las vacaciones de invierno y primavera si es necesario.
  • Un horario de vacaciones para que el niño pueda estar con ambos padres en días festivos y ocasiones especiales. Haga una lista de los días festivos escolares, nacionales y religiosos que quiere incluir en su horario. Tiene que decidir cuándo empiezan y terminan los días festivos, y luego tiene que asignar el tiempo de crianza de los días festivos.
  • Un horario de vacaciones o disposiciones para el tiempo de vacaciones.

Además de cada uno de estos componentes para su horario, tiene que pensar en las cuestiones prácticas para que el horario funcione.

  • ¿Cómo van a intercambiar usted y el otro progenitor al niño?
  • ¿Quién pagará el transporte de ida y vuelta a las visitas?
  • ¿Cómo se encargarán de los gastos extra que surjan con el niño?

Estas son sólo algunas cuestiones a tener en cuenta que puede querer abordar con su horario. Puede añadir disposiciones y estipulaciones sobre cómo se encargará de ciertos asuntos que pertenecen al horario y esto puede ayudarle a usted y al otro progenitor a implementar el horario.

Incluso si desea tener cierta flexibilidad con algunos de estos asuntos, es útil al menos pensar en ellos y discutirlos con el otro padre para que pueda evitar futuros conflictos.

Las quince principales ciudades de Carolina del Sur (por población, Oficina del Censo de los Estados Unidos, 2008) son: Columbia, Charleston, North Charleston, Rock Hill, Mount Pleasant, Greenville, Summerville, Spartanburg, Sumter, Good Creek, Hilton Head Island, Florence, Myrtle Beach, Aiken, Anderson.

Custody X Change es un software que crea horarios de custodia, calendarios y documentos profesionales de planes de crianza.

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